Firmado como ley el 28 de mayo de 2026 · En vigor desde el 1 de julio de 2026

El Impuesto Pied-à-Terre de NYC Ya Está Aquí.

Tras una década de intentos fallidos, Nueva York ahora grava las residencias no principales — hasta el 6.5% del valor catastral, cada año. Aquí le explicamos exactamente cómo funciona, y las tres salidas legales.

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Recargo estimado acumulado por los propietarios de segundas viviendas en NYC desde el 1 de julio de 2026

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Proyección basada en la estimación del Contralor de NYC de ≈$500 millones al año en recaudación por el recargo pied-à-terre, acumulándose de forma continua desde la fecha de entrada en vigor, el 1 de julio de 2026. Cifra ilustrativa, no oficial.

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Verifique el valor catastral de su edificio

El recargo se determina según su valor catastral (assessed value) del DOF — una cifra que la mayoría de los propietarios nunca ha mirado, y que no se parece en nada a su precio de venta. Ingrese su dirección y nosotros consultaremos las cifras oficiales del Departamento de Finanzas, aplicaremos la prueba del recargo y le enviaremos por email un informe como el que se muestra aquí — normalmente en menos de una hora, siempre gratis.

Ejemplo real (padrón del año fiscal 2026–27): un condominio de TriBeCa en 56 Leonard St que se vende en torno a $4.5M tiene un valor de mercado del DOF (método de ingresos) de $1,390,768. Valor catastral = 45% de esa cifra: $625,846 — por debajo del umbral de $1M, así que $0 de recargo. Mientras tanto, una unidad con un valor de mercado del DOF de $3.6M tiene un valor catastral de $1,620,000 — ese propietario paga ≈$24,800 cada año si no es su residencia principal. El mismo impuesto, resultados radicalmente distintos. La única forma de saberlo es consultarlo.

Informe de Valor Catastral y
Exposición al Impuesto Pied-à-Terre
CONQUEST ADVISORS
56 Leonard Street, Apt 6WClase Fiscal 2 · R4
Valor de mercado del DOF (método de ingresos)$1,390,768
Valor catastral del DOF (45%)$625,846
Prueba del recargo — umbral de $1MPOR DEBAJO — $0 / AÑO
Valor estimado en mercado abierto~$4,500,000
Ver el informe de muestra completo (PDF) →

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Servicio gratuito de Conquest Advisors con datos oficiales del Departamento de Finanzas de NYC. Al enviar, usted acepta ser contactado acerca de su propiedad. Nunca vendemos su información.

Qué ocurrió

Un impuesto que tardó diez años en gestarse ya es ley

Una nota sobre los nombres: el estatuto nunca dice "impuesto pied-à-terre" — oficialmente es un recargo anual sobre las residencias no principales. «El impuesto pied-à-terre (impuesto a las segundas viviendas)» — "pied-à-terre tax" — es el nombre que la prensa y Albany usan desde 2014, e "impuesto a las segundas viviendas" es lo mismo en lenguaje llano. Los tres se refieren a la ley que se explica en esta página.

El 27 de mayo de 2026, la Legislatura del Estado de Nueva York aprobó un recargo anual sobre las viviendas de la Ciudad de Nueva York que no son residencia principal — el "impuesto pied-à-terre" propuesto por primera vez en 2014. La gobernadora Hochul lo firmó el 28 de mayo de 2026 como parte del presupuesto estatal del año fiscal 2026–27. Aplica en toda la ciudad desde el 1 de julio de 2026 y expira el 30 de junio de 2031, salvo que se renueve.

El recargo alcanza a las viviendas de Clase 1 (1–3 familias) con valor superior a $5 millones y a las unidades de condominio y co-op de Clase 2 con un valor catastral del Departamento de Finanzas superior a $1 millón. Se factura junto con sus impuestos prediales y — punto crítico — ninguna reducción, crédito o exención que usted reciba actualmente lo compensará.

Si usted es dueño de un apartamento en Manhattan que usa unas semanas al año, de un brownstone en Brooklyn reservado para visitas familiares, o de una unidad de inversión que permanece vacía entre usos, esta ley va dirigida a usted. El Contralor de NYC proyecta que recaudará aproximadamente $500 millones al año.

Firmado
28 de mayo de 2026
En vigor
1 de julio de 2026
Avisos del DOF antes del
30 de agosto de 2026
Primer pago
1 de enero de 2027
Tasa máxima (condos)
6.5% del valor catastral
Expira
30 de junio de 2031

Las cifras

Tasas y umbrales

Condominios y co-ops — Fase 1 (1 jul 2026 – 30 jun 2028)
Valor catastral del DOFRecargo anual
Primeros $1,000,000Exento
$1M – $3M4%
$3M – $5M5.25%
Más de $5M6.5%

El detalle más malinterpretado de toda la ley: estos tramos usan el valor catastral del Departamento de Finanzas — una cifra basada en ingresos que figura en su NOPV y que suele estar muy por debajo del precio de venta de su apartamento. Un condominio de $4M puede quedar por debajo del umbral; una unidad de $2.5M en ciertos edificios puede no quedarlo. No adivine. Nosotros lo consultamos por usted, gratis.

Viviendas de 1–3 familias (valor de mercado promedio de cinco años)
Valor de mercadoRecargo anual
Primeros $5,000,000Exento
$5M – $15M0.8%
$15M – $25M1.05%
Más de $25M1.3%

Fase 2 — 1 de julio de 2028: los condominios y co-ops dejan el valor catastral y pasan a un modelo de valor de mercado del DOF, con tramos alineados a la tabla de casas de arriba. Los propietarios que hoy están justo por debajo de los umbrales podrían quedar incluidos — y viceversa. Vale la pena reverificar la exposición cada año.

Quién lo debe

La "residencia principal" lo es todo

El recargo aplica salvo que la vivienda esté ocupada más de la mitad del año como residencia principal de:

① un propietario cubierto, o ② un familiar directo de un propietario — cónyuge, hijo, hermano, padre, abuelo o nieto — o ③ un inquilino con un contrato de arrendamiento a valor de mercado de al menos 12 meses que la use como su residencia principal.

Las LLC y los fideicomisos no lo protegen. La ley mira a través de las entidades: los beneficiarios de fideicomisos y los titulares mayoritarios de LLC, sociedades y corporaciones cuentan como propietarios cubiertos. Pero cuidado — cuando ningún individuo posee una participación mayoritaria (algo común en LLC familiares repartidas entre hermanos), la propiedad puede ser gravada sin importar quién viva en ella, salvo que la ocupe un inquilino calificado.

Estar vacía no cuenta. Una unidad "disponible para alquilar" sin un contrato de arrendamiento calificado y efectivo es gravable. Tampoco cuentan las estancias cortas, el uso estacional ni los alquileres tipo Airbnb.

Fechas clave

Qué viene ahora

  1. 1 de julio de 2026Recargo en vigor para el año fiscal 2026–27.
  2. Antes del 30 de agosto de 2026El Departamento de Finanzas envía por correo los avisos iniciales de residencia no principal a los propietarios que considera cubiertos. Si usted recibe uno y la vivienda es residencia principal, puede refutarlo con documentación — p. ej., una declaración de impuestos que muestre la dirección, o un contrato calificado de 12 meses.
  3. 1 de enero de 2027Vence el recargo del primer año, cobrado con su estado de cuenta de impuestos prediales. Se ejecuta como los impuestos sobre bienes inmuebles — incluidos los gravámenes (liens).
  4. 1 de julio de 2028Fase 2: los condominios y co-ops pasan al modelo de valor de mercado.
  5. 30 de junio de 2031Expiración programada, salvo que Albany la prorrogue.

Sus opciones

Tres salidas legales — y una opción por defecto muy cara

Opción 1Convertirla en principal

Usted — o un familiar directo — ocupa la vivienda más de la mitad del año como residencia principal. Requiere documentación real (declaraciones de impuestos, DMV, registro electoral). Cambia su situación fiscal estatal/municipal; coordínelo con su contador (CPA).

Opción 2Alquilarla por 12+ meses

Un contrato de arrendamiento a valor de mercado de al menos un año, con un inquilino que la convierta en su residencia principal, elimina el recargo y genera ingresos. En el mercado actual de rentas récord, esto suele convertir la unidad de un pasivo en un activo rentable. Nosotros la alquilamos, evaluamos al inquilino y documentamos todo correctamente.

Opción 3Vender

Si la unidad ya no se justifica, un recargo recurrente del 4–6.5% del valor catastral cambia la matemática de conservarla. Un agente sénior de Conquest le dará una lectura honesta y basada en datos de cuánto vale su unidad hoy en el mercado — y si vender supera a alquilar.

La opción por defectoNo hacer nada

Pagar el recargo cada año, además de los impuestos prediales, los gastos comunes y el seguro — sin ninguna reducción aplicable en su contra. Para la mayoría de los propietarios, esta es la peor opción sobre la mesa.

Estímelo

Calculadora del recargo

Una estimación rápida de su exposición anual bajo la Fase 1. Para condominios y co-ops, ingrese el valor catastral que figura en su Notice of Property Value (NOPV, aviso del valor de la propiedad) o en su factura de impuestos (consúltelo en nyc.gov/finance) — no su precio de compra.

Las estimaciones asumen que los tramos graduados aplican al valor por encima de cada umbral y son solo informativas — no constituyen asesoría fiscal. Las pautas finales de facturación del DOF pueden diferir. Confirmaremos su cifra real en la revisión gratuita.

Revisión gratuita de exposición

Sepa exactamente dónde está parado

Díganos el edificio y le responderemos — normalmente el mismo día — con:

① el valor catastral real del DOF de su unidad y si el recargo aplica, ② su recargo anual estimado para el año fiscal 2026–27 y bajo la Fase 2, ③ un análisis franco de alquilar vs. vender por un agente sénior de Conquest Advisors: en cuánto se alquilaría la unidad con un contrato calificado de 12 meses, en cuánto se vendería hoy, y qué camino le deja mejor posicionado.

Sin honorarios, sin compromiso, sin discurso de venta salvo que usted lo pida. ¿Prefiere hablar? +1 (212) 777-9690.

Al enviar, usted acepta ser contactado por Conquest Advisors acerca de su propiedad. Nunca vendemos su información.

Preguntas que hacen los propietarios

Preguntas frecuentes sobre el impuesto pied-à-terre

¿Esto realmente es ley, u otra propuesta que morirá en Albany?
Es ley. La Legislatura la aprobó el 27 de mayo de 2026; la gobernadora Hochul la firmó el 28 de mayo de 2026 dentro del presupuesto del año fiscal 2026–27. Está en vigor en toda la ciudad desde el 1 de julio de 2026 y expira el 30 de junio de 2031, salvo que se prorrogue.
Mi condominio costó $2.4M — ¿supero el umbral de $1M?
Quizá sí, quizá no. El umbral para condominios/co-ops usa el valor catastral del DOF, una cifra derivada de ingresos que típicamente está muy por debajo del precio de venta. Revise su Notice of Property Value (NOPV), o pídanoslo y nosotros lo consultamos por usted el mismo día.
Soy propietario a través de una LLC. ¿Estoy a salvo?
No. La ley atribuye la propiedad a través de LLC, sociedades, corporaciones y fideicomisos. Y si ninguna persona posee la mayoría de la entidad, la unidad puede ser gravada sin importar quién viva en ella — salvo que la ocupe un inquilino calificado. Las LLC familiares con varios miembros deberían revisar su estructura cuanto antes.
Mi hija vive en el apartamento. ¿Debo pagar el recargo?
Si ella lo ocupa más de la mitad del año como su residencia principal, no — los hijos son "familiares directos" según la ley, al igual que cónyuges, hermanos, padres, abuelos y nietos. Conserve la documentación.
¿Qué pasa si la unidad está publicada para alquiler pero vacía?
Es gravable. La exención requiere un contrato de arrendamiento efectivo, a valor de mercado y de al menos 12 meses, con un inquilino que la use como residencia principal — no basta la disponibilidad ni la intención. Este es un argumento de peso para alquilar más pronto que tarde.
¿Mi abatement de condominio o mis beneficios STAR reducen el recargo?
No. El estatuto establece que las reducciones, créditos y exenciones existentes no se aplican contra el recargo. Se suma encima de su factura actual.
¿Qué sucede si ignoro el aviso del DOF?
El recargo se factura y ejecuta como el impuesto sobre bienes inmuebles — intereses y, en última instancia, ejecución mediante gravámenes (liens). Si el aviso es erróneo, refútelo con prueba de residencia principal (una declaración de impuestos que muestre la dirección, o un contrato calificado). Los plazos figurarán en el aviso; no lo deje pasar.
¿Alquilar mi apartamento por un año realmente elimina el impuesto?
Sí — un contrato de arrendamiento genuino, a valor de mercado y de al menos 12 meses, con un inquilino que lo convierta en su residencia principal, saca la unidad del recargo, y las rentas en Manhattan están en niveles récord o cerca de ellos. Podemos decirle cuánto obtendría por su unidad en un día.
¿Conviene vender antes del 1 de enero de 2027?
Depende de su valor catastral, su base fiscal y cómo usa la vivienda. Para algunos propietarios el recargo recurrente cambia significativamente la matemática de conservar; para otros, un alquiler lo resuelve. Eso es exactamente lo que responde la revisión gratuita — con números, no con intuiciones.

A fondo

La historia detrás del impuesto

Fuentes

Fuentes primarias y lecturas adicionales

Oficina del Gobernador de NY — Pied-à-terre tax announcement (anuncio del impuesto, en inglés)
Contralor de NYC — The Pied-à-Terre Tax and Its Potential Revenues (informe de recaudación, en inglés)
Dechert LLP — New York City Imposes Pied-à-Terre Tax (junio de 2026, en inglés)
Katten Muchin Rosenman LLP — NYC Enacts Annual "Pied-à-Terre Tax" on Second Homes (análisis legal, en inglés)
Departamento de Finanzas de NYC — Property value lookup (consulta del NOPV / valor catastral)

Esta página es información educativa de una correduría inmobiliaria con licencia, actualizada al 17 de julio de 2026. No constituye asesoría legal, fiscal ni contable — consulte a su abogado o contador (CPA) sobre su caso específico. Actualizamos esta página a medida que el DOF emite pautas de implementación.

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